

Corte Constitucional (CC)
, se aplicará desde abril de este año. Lo confirmó el ministro de Trabajo, Raúl Ledesma, quien explicó que, de acuerdo con la sentencia de la Corte, el artículo que creó dicho techo y que era parte de la Ley de Justicia Laboral, fue declarado inconstitucional. Así las empresas que han generado utilidades para sus trabajadores deben pagar hasta el 15 de abril esos rubros, sin ninguna restricción.La Corte también dispuso que el Estado vuelva a financiar el 40% del fondo de pensiones jubilares. Eso se cumplirá en un plazo futuro. El ministro explicó que la sentencia de la Corte menciona que se deberá restituir ese rubro de manera obligatoria, que asciende a $ 1.200 millones anuales, e incluirlo en el Presupuesto General del Estado. Sin embargo, dijo que esto dependerá del Ministerio de Finanzas y Senplades, que establecerán los plazos y los montos para ello.
Junto al ministro estuvieron dirigentes laborales. Mesías Tatamuez, presidente de la Cedocut, se mostró complacido con la sentencia, explicó que esos recursos se tendrían que incorporar a partir del 2019.
José Villavicencio, presidente del FUT, dijo que la sentencia de la Corte fue fruto de la lucha y exigencia de los trabajadores, jubilados y maestros luego de que el correísmo había violentado los derechos individuales y colectivos de los trabajadores con la ley denominada de Justicia Laboral.
Existen acciones constitucionales sobre el límite de utilidades, las cuales hasta la presente fecha se encuentran en trámite, y a la Corte Constitucional le falta su pronunciamiento.
Para Villavicencio, la restitución del 40% beneficia a unos 5 millones de trabajadores en relación de dependencia y a unos 100.000 trabajadores que se veían afectados con el techo de utilidades. También explicó que ahora los trabajadores buscarán la derogatoria de las enmiendas constitucionales.
El ministro Ledesma también aclaró que una vez declarada inconstitucional la ley, ya no cabría la iniciativa legislativa que buscaba derogar dicha ley. En todo caso comentó que al no ser una sentencia retroactiva, el excedente de utilidades que ya fue al fondo solidario que financia la jubilación de las amas de casa no remuneradas, se quedará ahí.
Juan Carlos Díaz Granados, director ejecutivo de la Cámara de Comercio de Guayaquil, opinó que la sentencia significa que el derecho ha prevalecido. Explicó que si bien el Gobierno anterior había dicho que ese excedente iba a beneficiar a las amas de casa, en derecho no se puede obrar de esa manera: “La normativa debe ser general y no para un solo grupo”.
Por otro lado, sobre la restitución del 40% del IESS, Díaz Granados dijo que la institución tiene problemas financieros, dijo que es un monopolio mal administrado.
Al final de la rueda de prensa, el ministro de Trabajo procedió a derogar el Acuerdo Ministerial 093 que también establecía el techo de las utilidades. Entre aplausos de los trabajadores, Ledesma dijo que todo había sido gracias a la lucha de los trabajadores del Ecuador. (I)
El presidente del Consejo Directivo del IESS, Manolo Rodas Beltrán, mediante su cuenta de Twitter se mostró de acuerdo con la resolución de la Corte Constitucional. Dijo que esta restitución del 40% de aporte del Estado al fondo de jubilaciones “garantiza un mejor funcionamiento del IESS y fortalece el sistema de pensiones”. De acuerdo con estudios actuariales a los que se les levantó la reserva, sin el 40% el déficit era inmanejable.
Fuente: www.eluniverso.com
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