
La nueva reforma tributaria, que está por publicarse en el Registro Oficial, prevé una reducción de las tarifas y del número de contribuyentes catalogados en el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe).
Estos cambios se aplicarán una vez que la reforma tributaria, denominada Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar pasó el filtro de la Corte Constitucional y obtuvo su dictamen favorable.
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Contribuyentes dentro del Rimpe |
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Clasificación según los ingresos brutos anuales del contribuyente. |
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Tipo de contribuyente |
Ventas anuales |
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Negocios populares |
Hasta USD 20.000 |
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Emprendedores |
De USD 20.001 a USD 300.000 |
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Tabla: SRI Fuente |
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Hay alrededor de 1,3 millones de pequeños y medianos negocios dentro del Rimpe, que ahora enfrentarán los siguientes cambios:
Los cambios en el Rimpe comienzan en enero de 2024, pues prevé el pago de un impuesto único que se paga de manera progresiva y anual.
En marzo de 2022, todos los negocios populares del Rimpe estuvieron obligados a pagar un Impuesto a la Renta único de USD 60, incluso si no tuvieron ingresos.
Ahora, la reforma tributaria establece que 340.000 negocios con ventas anuales menores a USD 2.500 estén libres del pago de Impuesto a la Renta.
Mientras tanto, los negocios con ventas de entre USD 2.501 y USD 20.000 al año pagarán un Impuesto a la Renta único progresivo, de entre USD 5 y USD 60 anual.
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Nueva tabla para negocios populares |
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En USD anuales |
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Límite inferior de los ingresos anuales |
Límite superior de los ingresos anuales |
Pago anual en USD |
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0.00 |
2,500.00 |
0.00 |
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2,500.00 |
5,000.00 |
5.00 |
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5,000.00 |
10,000.00 |
15.00 |
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1,000.00 |
15,000.00 |
35.00 |
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15,000.00 |
20,000.00 |
60.00 |
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Tabla: SRI Fuente |
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Además, la reforma tributaria plantea mantener la tarifa de Impuesto a la Renta de 1% a 2% para los emprendedores, con ingresos anuales de más de USD 20.001.
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Tarifa de Impuesto a la Renta para emprendedores |
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La tarifa es progresiva, según los ingresos. El rango va de USD 20.001 a USD 300.000. |
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En USD anuales |
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Límite inferior |
Límite superior |
Impuesto a la fracción básica |
Tarifa |
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50,000.00 |
75,000.00 |
360.00 |
1% |
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75,000.00 |
100,000.00 |
673.00 |
2% |
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100,000.00 |
200,000.00 |
1,048.00 |
2% |
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200,000.00 |
300,000.00 |
2,798.00 |
2% |
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Tabla: SRI Fuente |
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La norma anterior permitía que existan contribuyentes con actividades económicas que tributaban dentro del régimen general y, al mismo tiempo, dentro del Rimpe.
Pero la nueva reforma tributaria dispone que si un contribuyente tiene un Registro Único de Contribuyente (RUC) con actividades del régimen general no podrá pertenecer al Rimpe.
Al pasar al régimen general, estos contribuyentes pagarán tarifas más altas de Impuesto a la Renta, pero el trámite será menos engorroso que presentar declaraciones en diferentes regímenes, argumentó el Ejecutivo.
El Gobierno también reducirá el número de actividades que pueden pertenecer al Rimpe.
Ya en febrero de 2023, mediante una resolución, el SRI notificó que saldrían del Rimpe algunas actividades, sobre todo relacionadas con la provisión de servicios.
Pero la nueva reforma tributaria establece que saldrán del Rimpe a los negocios que produzcan o vendan bienes gravados con Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).
Entre ellos, cerveza y otras bebidas alcohólicas, y los perfumes.
Según la nueva norma, tampoco podrían estar dentro del Rimpe los comisionistas, es decir, personas que se dedican, por ejemplo, a vender por catálogo.
La nueva reforma también aclara que las empresas que brindan servicios profesionales tampoco pueden estar en el Rimpe.
Aquellas personas que están calificadas como artesanas por la Junta Nacional de Defensa del Artesano dejarán de formar parte del Rimpe.
Se trata de 500.000 contribuyentes, representan el 39% del total de negocios que hoy están dentro del segmento de negocios populares.
Los artesanos no estarían exentos de la obligación de emitir facturación electrónica.
Solo los negocios populares del Rimpe están exentos de la facturación electrónica.
Según la reforma tributaria, además, los artesanos calificados deberán declarar Impuesto a la Renta según la tabla de personas naturales.
Los taxistas entrarían a formar parte del Rimpe en el segmento de negocios populares si se aprueba la reforma tributaria.
En la actualidad, están excluidos de este régimen todos los transportistas, de ahí que están obligados a emitir facturas electrónicas desde noviembre de 2022.
Sin embargo, gremios de taxistas argumentaban que por la naturaleza del negocio, resultaba inconveniente sumarse al sistema de facturación electrónica.
De ahí que, al estar dentro del Rimpe, los taxistas no estarán obligados a emitir facturas electrónicas, sino notas de venta impresas cuando el cliente lo requiera.
Según el SRI, se incorporarán 100.000 taxistas y la mayoría pagaría un impuesto de USD 5 al año.
Fuente: www.primicias.ec
Nota: La información contenida en este artículo es de exclusiva responsabilidad de quien la ha originado y no representa necesariamente el pensamiento ni la línea de CRIPTONSA.