CALENDARIO TRIBUTARIO: SIETE CAMBIOS PARA EMPRESAS Y CONTRIBUYENTES

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CALENDARIO TRIBUTARIO: SIETE CAMBIOS PARA EMPRESAS Y CONTRIBUYENTES

Los cambios tributarios en 2022 incluyen desde una nueva tabla para el pago del Impuesto a la Renta de personas hasta contribuciones de empresas. 

Enero de 2022 empieza con cambios tributarios para las personas y empresas, establecidos en la reciente reforma tributaria. 

El Gobierno espera recaudar USD 800 millones por nuevos ingresos tributarios, a través de ajustes como un incremento del Impuesto a la Renta para quien gana más de USD 2.000 al mes. 
 
 Pero eso no es todo. En marzo deben concretarse los pagos de contribuciones de personas con altos patrimonios y de empresas grandes. 
 

*Para conocer el detalle de los cambios haga clic en los meses y los días. Para cambiar de mes dé clic en las flechas rojas.

IMPUESTO A LA RENTA

En enero de 2022 empiezan las retenciones que debe hacer el empleador para el pago del Impuesto a la Renta y el contribuyente debe presentar la proyección de gastos personales. 

Todo esto bajo el nuevo esquema de pago del Impuesto a la Renta, que trae dos cambios: 

  1. Se elimina la deducción de gastos personales. A cambio, habrá un descuento directo al impuesto a pagar de USD 1.000 para quien gane menos de USD 2.000 mensuales; es decir, el 10% de siete canastas básicas (USD 5.000). Y de USD 500 si la remuneración supera esa cifra o el 5% de siete canastas básicas. 
  2. La tabla del pago del Impuesto a la Renta se modifica y ahora va del 5% al 37%. Antes de la reforma, el rango del tributo era del 5% al 35%. 

Por ejemplo, una persona que gana USD 42.000 anuales (USD 3.500 al mes) debe restar el aporte al IESS que es USD 3.969 anuales. El resultado es la base para pagar el Impuesto a la Renta, que en ese caso es de USD 38.031 anuales. 

Pero, si esa persona presenta gastos personales por USD 5.007, el Servicio de Rentas Internas (SRI) hará un descuento de USD 500 y el impuesto final a pagar es de USD 3.229,6 (USD 269,1 mensuales).

NUEVA BASE IMPONIBLE IMPUESTO A LA RENTA

Cifras en USD 

Desde Hasta Fracción básica Tipo marginal
0 11.310 0,00 0%
11.310 14.410 0,00 5%
14.410 18.010 155,00 10%
18.010 21.630 515,00 12%
21.630 31.630 949,40 15%
31.630 41.630 2.449,40 20%
41.630 51.630 4.449,40 25%
51.630 61.630 6.949,40 30%
61.630 100.000 9.949,40 35%
100.000 - 23.378,90 37%


IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS

Desde el 1 de enero de 2022 empezó la reducción progresiva del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD). El recorte será de 0,25 puntos porcentuales en cada trimestre. 

En total, en 2022 este tributo bajará del 5% al 4%. La disposición no es parte de la Ley de Desarrollo Económico, sino que fue dispuesta por el Ejecutivo mediante Decreto.
 
REDUCCCIÓN PROGRESIVA DE ISD 

Cada trimestre bajará 0,25 puntos del Impuesto a la Salida de Divisas. En total, en 2022 la tarifa caerá de 5% a 4%. 


Proceso Fecha
Primera reducción: 1 de enero de 2022
Segunda reducción: 1 de abril de 2022
Tercera reducción: 1 de julio de 2022
Cuarta reducción: 1 de octubre de 2022


MEDIACIÓN PARA DEUDAS

La reforma tributaria establece tres incentivos para los contribuyentes que tengan deudas con el Servicio de Rentas Internas (SRI) y busquen entrar en un proceso de mediación. 

  1. Una condonación del 100% de intereses y recargos: aplica dentro de los dos primeros meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la Ley de Desarrollo Económico, que fue el 29 de noviembre de 2021. Es decir, hasta enero de 2022.
  2. La condonación del 75% de intereses y recargos: aplica dentro de los tres meses contados a partir de la vigencia de la reforma tributaria. Es decir, hasta febrero de 2022.
  3. Condonación del 50% de intereses y recargos: aplica entre los tres meses y seis meses de la vigencia de la reforma tributaria. Es decir, hasta mayo de 2022. 

En los tres casos, el contribuyente estará obligado a pagar, al menos, el 25% del capital de la deuda con el SRI de forma inmediata. 

Para acceder a cualquiera de estos incentivos, los contribuyentes deben solicitar el proceso en un Centro de Mediación.

PATRIMONIO 

La contribución sobre el patrimonio recaerá sobre 5.227 personas con patrimonios individuales de USD 1 millón en adelante y en las sociedades conyugales con un patrimonio de USD 2 millones en adelante, según el Servicio de Rentas Internas (SRI).

El pago por realizar es de entre el 1% y el 1,5% del patrimonio declarado el primero de enero de 2021.

El aporte debe cancelarse hasta el 31 de marzo de 2022. El SRI dará facilidades de pago de hasta seis meses.

CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE PERSONAS DE ALTO PATRIMONIO 

Cifras en USD

Desde Hasta Fracción básica Tipo marginal
0,00 999.999,99 0,00 0,0%
1.000.000,00 1.999.999,99 0,00 1,0%
2.000.000,00 En adelante 2.000,00 1,5%


GRANDES EMPRESAS 

Las empresas grandes harán una contribución solidaria de 0,8% durante dos años sobre su patrimonio.

El aporte recae en las compañías con un patrimonio superior a los USD 5 millones.

Hasta el 31 de marzo de 2022 las empresas deben hacer el primer pago. Alrededor de 1.931 compañías harán ese aporte.

El reglamento a la reforma tributaria aclaró que los 'holdings' no estarán obligados a realizar esta contribución sobre el patrimonio, puesto que las empresas que conforman esos grupos empresariales ya cumplirán con el aporte.

CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE EMPRESAS MÁS GRANDES

Cifras en USD 

Desde Hasta Tarifa
0 4.999.999,99 0,0%
5.000.000 En adelante 0,8%

PATRIMONIOS EN EL EXTERIOR 

Los residentes en Ecuador que no han declarado sus bienes y activos en el exterior podrán hacer una nueva declaración patrimonial en 2022, a cambio de pagar un impuesto único que va del 3,5% al 5,5%, según la fecha en que se haga el pago.

El régimen especial es aplicable a los residentes fiscales de Ecuador que, al 31 de diciembre de 2020, hayan mantenido activos en el exterior y que no hayan tributado el Impuesto a la Renta sobre ellos.

Las personas con patrimonios individuales superiores a USD 225.000 y en sociedad conyugal de más de USD 450.000 deben presentar la declaración patrimonial cada año.
 
TARIFA ÚNICA PARA REGULARIZAR PATRIMONIOS EN EL EXTERIOR

Fecha de la presentación de la declaración y pago Tarifa
Hasta el 31 de marzo de 2022 3,5%
Hasta el 30 de junio de 2022 4,5%
Hasta el 31 de diciembre de 2022 5,5%

PEQUEÑOS NEGOCIOS 

El nuevo Régimen Impositivo de Negocios Populares y de Emprendedores (Rimpe) arrancó el 1 de enero de 2022.

A este nuevo sistema pertenecen todos aquellos contribuyentes que estaban en el Sistema Impositivo Simplificado (RISE), que son 465.448, y quienes estaban en el Régimen de Microempresas, que suman unos 781.000 contribuyentes.

El traslado de esos contribuyentes al nuevo sistema lo hará el SRI de oficio.

  • Si el contribuyente no supera los USD 20.000 de ingresos al año: debe hacer un pago anual de USD 60. Antes, pagaba entre USD 21,48 y USD 260,48 al año, según el negocio. Además, tendrá que presentar su declaración de Impuesto a la Renta una vez al año.
  • Si supera el umbral de USD 20.000 de ingresos al año: debe presentar la declaración del Impuesto a la Renta una vez año y las declaraciones semestrales de IVA e ICE. El pago se hace de acuerdo con la siguiente tabla:

IMPUESTO A LA RENTA PARA EMPRENDEDORES  

Cifras en USD 

Desde Hasta Fracción básica Tarifa marginal
0 20.000 60,00 0,00%
20.000 50.000 60,00 1,00%
50.000 75.000 360,00 1,25%
75.000 100.000 672,50 1,50%
100.000 200.000 1.047,20 1,75%
200.000 300.000 2.797,52 2,00%

Fuente: www.primicias.ec

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